CONTRATOS

Gestión de todas las sanciones impuestas en todo el territorio de cualquier organismo sancionador (Tráfico, Ayuntamientos, Comunidades Autónomas, Transportes, etc.), hasta agotar la vía administrativa, y además:

Contrato Básico:

  • Identificación de conductores vía administrativa.
  • Defensa jurídica hasta agotar la vía administrativa.
  • Asesoramiento legal en materia de tráfico y transportes.
  • Presentación de todos los escritos y recursos necesarios (pliego de descargo, propuesta de resolución, recurso de alzada, recurso de reposición, recurso de revisión, recursos personalizados).
  • Estudio previo de la vía contenciosa.
  • Presentación de inspecciones requeridas por el ministerio de fomento y/o comunidades autónomas.

Contrato Básico + V:

PAGO 100% DEL IMPORTE DE LAS SANCIONES DE RADAR, ESTACIONAMIENTO DE ESPAÑA, FRANCIA Y ALEMANIA. (Máximo de 5 sanciones al año)
  • Identificación de conductores vía administrativa.
  • Defensa jurídica hasta agotar la vía administrativa.
  • Asesoramiento legal en materia de tráfico y transportes.
  • Presentación de todos los escritos y recursos necesarios (pliego de descargo, propuesta de resolución, recurso de alzada, recurso de reposición, recurso de revisión, recursos personalizados).
  • Estudio previo de la vía contenciosa.
  • Presentación de inspecciones requeridas por el ministerio de fomento y/o comunidades autónomas.

Contrato PRO:

Se efectuará el pago del 100% de las sanciones leves y graves dimanantes de las infracciones de la ley de la seguridad vial (a excepción de las posibles modificaciones que pudiera haber en el codificado) siempre que se hayan producido DENTRO DEL PERIODO DE VIGENCIA DEL CONTRATO, Y NO EXISTA SALTO EN LA VÍA ADMINISTRATIVA:

  • Exceso de conducción diaria (9h), hasta 11h.
  • Exceso de conducción semanal (56h), más de 56h e inferior a 65h.
  • Exceso de conducción bisemanal (90h), más de 90h e inferior a 105h.
  • Conducción ininterrumpida superior a 4h y 30 minutos e inferior o igual a 6h.
  • Minoración del descanso diario normal sobre 11h, hasta 8h y 30 minutos.
  • Minoración descanso diario reducido sobre 9h, hasta 7h.
  • Minoración del descanso diario fraccionado (sobre 3 h + 9h) inferior a 9h hasta 7h.
  • Descanso semanal normal, inferior a 45h hasta 36h.
  • Descanso semanal reducido, inferior a 24h hasta 20h.

En Bélgica se cubrirá el exceso de conducción bisemanal hasta 95h.
(Se incluye los servicios del Contrato Básico y Básico + V)

Contrato PREMIUM:

Se efectuará el pago del 100% de las sanciones leves y graves dimanantes de las infracciones de la ley de la seguridad vial (a excepción de las posibles modificaciones que pudiera haber en el codificado) siempre que se hayan producido DENTRO DEL PERIODO DE VIGENCIA DEL CONTRATO, Y NO EXISTA SALTO EN LA VÍA ADMINISTRATIVA:

  • Exceso de conducción diaria (9h), hasta 11h.
  • Exceso de conducción semanal (56h), más de 56h e inferior a 65h.
  • Exceso de conducción bisemanal (90h), más de 90h e inferior a 105h.
  • Conducción ininterrumpida superior a 4h y 30 minutos e inferior o igual a 6h.
  • Minoración del descanso diario normal sobre 11h, hasta 8h y 30 minutos.
  • Minoración descanso diario reducido sobre 9h, hasta 7h.
  • Minoración del descanso diario fraccionado (sobre 3 h + 9h) inferior a 9h hasta 7h.
  • Descanso semanal normal, inferior a 45h hasta 36h.
  • Descanso semanal reducido, inferior a 24h hasta 20h.

POSIBLES SANCIONES QUE ESTARÁN CUBIERTAS

  • Adelantamientos.
  • Velocidad.
  • Aparcamiento (excepto falta de ticket de zona azul).
  • Ráfagas de luces.
  • Luces fundidas o mal uso de luces antiniebla.
  • Neumáticos en mal estado.
  • Señales de tráfico.
  • Semáforos.
  • Matrículas ilegibles o sucias.
  • Guardabarros.
  • Extintores.
  • Auriculares.
  • Teléfono móvil.
  • Cinturón de seguridad.
  • No respetar las señales y órdenes del agente.
  • Arrojar a la vía objetos que puedan producir incendios o accidentes.
  • ITV (Se abonará  tan sólo la primera sanción).
  • Carga mal acondicionada.

En el extranjero se abonarán tan solo las sanciones por exceso de velocidad, a excepción de las sanciones de velocidad producidas en Italia.

Contrato PRO de PESO:

Se efectuará el pago del 100% del importe de las sanciones de peso leves y graves.

(Se incluye los servicios del Contrato Básico y Básico + V)

Contrato PREMIUM PESO:

Se efecturá el pago del 100% del importe de las sanciones de peso leves y graves de las infracciones procedentes de la ley de seguridad vial (a excepción de las posibles modificaciones que pudiera haber en el codificado), siempre que se hayan producido dentro del periodo de vigencia del contrato, y no exista salto en la vía administrativa.

En el extranjero se abonarán tan solo las sanciones por exceso de velocidad, a excepción de las producidas en Italia.

Contrato PREMIUM PLUS:

INCLUIDOS TODOS LOS CONTRATOS ANTERIORES.

Se efectuará también el pago del 50% de las sanciones muy graves de TACÓGRAFO y PESO (sanciones de hasta 2.001€), siempre que se hayan producido dentro del periodo de vigencia del contrato y, no exista salto en la vía administrativa:

Quedan excluidas sanciones por manipulación, no llevar la documentación de transportes en regla, ADR, carecer de tacógrafo, falseamiento y obstrucción a la labor inspectora. Quedan excluidas sanciones por manipulación, no llevar la documentación de transportes en regla, ADR, carecer de tacógrafo, falseamiento y obstrucción a la labor inspectora.

Quedan excluidas las sanciones por grupaje y en Bélgica se cubrirá el exceso de conducción bisemanal hasta 95h.

(Se incluye los servicios de todos los contratos anteriores).

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